Ley Federal del Trabajo vigente · Salario mínimo 2026
Calculadora de aguinaldo, vacaciones y finiquito de trabajadora del hogar
Para quien le paga a una persona trabajadora del hogar por día, aunque vaya uno o dos días a la semana. Escribe cuánto le pagas y cuántos días va: obtienes su aguinaldo, sus vacaciones con prima y, si la relación termina, el finiquito o la liquidación.
Respuesta corta: el aguinaldo de un año completo equivale a dos semanas y media de su pago. Si le pagas $500 por día y va 2 días a la semana, son $2,500.00, y se paga antes del 20 de diciembre. Si entró este año, le toca la parte proporcional.
Calculadora de prestaciones de trabajadora del hogar
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Aviso: es un cálculo orientativo con los mínimos de la Ley Federal del Trabajo. Si acordaron más días de aguinaldo o vacaciones, o si vive en tu casa (los alimentos y la habitación cuentan como parte de su salario), los montos son mayores. No sustituye la asesoría de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o de un abogado laboral.
Si va sólo uno o dos días, ¿también tiene derechos?
Sí. La Ley Federal del Trabajo protege a las personas trabajadoras del hogar que trabajan para varias personas empleadoras y no viven en ninguna casa (artículo 331). Cada persona empleadora responde por su parte: tú pagas el aguinaldo, las vacaciones y el seguro social de los días que va a tu casa, y las otras casas pagan los suyos.
La excepción es el trabajo ocasional o esporádico (artículo 332): quien viene una vez para una limpieza profunda no es tu trabajadora. Pero si va cada semana, aunque sea un día, la relación es laboral.
Lo que le corresponde por ley
| Prestación | Mínimo legal | Artículo LFT |
|---|---|---|
| Aguinaldo | 15 días de salario al año, antes del 20 de diciembre; proporcional si no completó el año | 87 |
| Vacaciones | 12 días pagados el primer año, 14 el segundo, hasta 20 al quinto; luego +2 cada cinco años | 76 y 336 Bis |
| Prima vacacional | 25 % sobre el pago de las vacaciones | 80 |
| Descanso semanal | Día y medio; si va menos días, la parte proporcional pagada | 336 y 72 |
| Seguro social | Inscripción obligatoria al IMSS | 334 Bis y 337 |
| Salario mínimo 2026 | $342.47 por día (frontera norte: $440.87) | 335 |
Cómo calcula esta herramienta
- Salario diario. La ley lo obtiene dividiendo el pago de la semana entre siete (artículo 89), y la semana incluye el descanso pagado. Si va menos de seis días, le corresponde la parte proporcional del descanso (artículo 72). En resumen: pago por día × días a la semana ÷ 6.
- Aguinaldo: 15 veces ese salario diario por año completo, proporcional a los días trabajados en el año.
- Vacaciones: los días de la tabla del artículo 76 según su antigüedad, por el salario diario, más 25 % de prima.
- Si renuncia: aguinaldo y vacaciones proporcionales; prima de antigüedad sólo con 15 años o más.
- Si tú terminas la relación: lo anterior, más prima de antigüedad (12 días por año) e indemnización de tres meses y 20 días por año (artículos 343, 49 y 50), con el salario integrado.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto aguinaldo le doy a mi trabajadora del hogar?
Al menos 15 días de salario por año completo, pagados antes del 20 de diciembre (artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo). Si le pagas por día, equivale a dos semanas y media de su pago semanal: con $500 por día y 2 días a la semana, son $2,500.00.
Si empezó a trabajar durante el año, le toca la parte proporcional a los días que lleva.
¿Tiene derecho a aguinaldo si sólo va uno o dos días a la semana?
Sí. La ley incluye expresamente a quien trabaja para varias personas empleadoras sin vivir en ninguna casa (artículo 331). Cada casa paga el aguinaldo que corresponde a sus días. Sólo queda fuera el trabajo ocasional o esporádico.
¿Cuál es el salario mínimo de una trabajadora del hogar en 2026?
$342.47 por día en la mayor parte del país y $440.87 en la zona libre de la frontera norte, según la tabla de salarios mínimos profesionales de la CONASAMI. El salario mínimo no se fracciona por horas: un día de trabajo no puede pagarse por debajo de esa cantidad.
¿Cuántos días de vacaciones le tocan?
Doce días pagados al cumplir el primer año, catorce al segundo, dieciséis al tercero, dieciocho al cuarto y veinte al quinto; a partir del sexto, dos días más por cada cinco años (artículo 76). Sobre el pago de esos días va una prima vacacional de al menos 25 %.
¿Es obligatorio darla de alta en el IMSS?
Sí. La ley obliga a inscribirla en el IMSS y a pagar sus cuotas (artículo 337, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo y capítulo XI de la Ley del Seguro Social). El propio IMSS calcula las cuotas según su salario y los días que trabaja contigo. Lo explicamos en la guía IMSS para trabajadoras del hogar.
¿Cuánto le doy si ya no la necesito?
Además del finiquito (aguinaldo y vacaciones proporcionales con su prima), si tú terminas la relación le corresponde una indemnización de tres meses de salario, 20 días por cada año trabajado y la prima de antigüedad de 12 días por año (artículos 343, 49 y 50). Debes avisarle con ocho días de anticipación. Calcúlalo arriba eligiendo «Yo termino la relación».
Fuentes
- Ley Federal del Trabajo, texto vigente (última reforma DOF 14-05-2026): artículos 49, 50, 69, 72, 76 a 80, 87, 89, 162, 331 a 343, 485 y 486.
- Ley del Seguro Social, capítulo de personas trabajadoras del hogar, artículos 239-A a 239-G (DOF 16-11-2022).
- Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Tabla de Salarios Mínimos 2026.
- IMSS — Personas trabajadoras del hogar.